La posiciòn antigènero argentina parte III

55° perìodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, ONU

La Corte IDH respondió recientemente al Estado argentino al pedido de retiro de la solicitud de opinión consultiva sobre «El derecho al Cuidado y su interrelación con otros derechos humanos», del que participaron motivadas por Akãhatã organizaciones de trabajadorxs sexuales que aportaron contribuciones y tuvieron lugar en la audiencia de presentación. Cabe recordar que fue el estado argentino quien  en enero de 2023 solicitó la opinión consultiva de la Corte IDH sobre la temática.

Los argumentos por parte de Argentina para solicitar el retiro del pedido de opinión consultiva se basaron, entre otras cuestiones, en que la cantidad de contribuciones de los actores que propician extender el derecho-deber de cuidado que requiere de derechos consecuentes, es «un grave agravio a la dignidad y naturaleza de las relaciones de familia […] además de desnaturalizar la función de cuidado, propia de la familia, al equiparar el cuidado familiar a una tarea que recibe remuneración del Estado» Y enfatiza en que «un elemento esencial del cuidado se inscribe en el contexto de la gratuidad familiar»

La Corte IDH desestimó el pedido de retiro de la opinión consultiva y una de sus integrantes, la jueza Patricia Pérez Goldberg, aprovechó la oportunidad para aclarar varias cuestiones sustanciales que el Estado argentino debería conocer como miembro de la OEA. Entre las que  ratificó que «a partir del momento en que se activa la competencia consultiva de la Corte, el solicitante no puede retirar la petición de interpretación, dado que el solicitante no es el único que posee un interés en que se emita la opinión, pues la misma podría tener efectos para otros Estados miembros de la OEA y para las personas sujetas a su jurisdicción». Y además señaló que «la circunstancia de que se haya recibido un amplio conjunto de opiniones no es un argumento de recibo para evaluar la posibilidad de admitir o no un retiro, como tampoco lo es el tenor de las apreciaciones emitidas por un Estado al plantear esta cuestión».

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